
Más de 300 empresas participaron en un webinar organizado por la Cámara de Comercio e Industria de Cortés (CCIC), donde el comisionado presidencial de Comercio Exterior, Melvin Redondo, explicó los alcances del Decreto PCM-014-2026, que establece la prohibición de importar a Honduras mercancías producidas total o parcialmente mediante trabajo forzoso u obligatorio.
Redondo informó que la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (STSS) se encuentra elaborando la lista de mercancías sujetas a esta prohibición, la cual se prevé sea publicada entre el 16 y 17 de agosto.
A partir de esa fecha, las empresas tendrán un período de 30 días antes de que la medida entre en vigencia, plazo pensado para que los sectores involucrados realicen las adecuaciones necesarias.
El comisionado fue enfático en aclarar que la medida no implica prohibir importaciones provenientes de un país en específico. Para que una mercancía quede comprendida en la prohibición deberán concurrir tres elementos simultáneamente: el código arancelario del producto, el país o región de origen y, cuando corresponda, un productor o cadena de producción específica.
La normativa establece que la STSS elaborará y mantendrá actualizada la lista utilizando fuentes internacionales confiables, informes de organismos especializados y determinaciones verificables de autoridades extranjeras.
Una vez vigente la lista, la Administración Aduanera de Honduras incorporará la información a su sistema de gestión de riesgo para identificar las mercancías prohibidas durante los controles fronterizos.
En los casos que corresponda, la mercancía podrá ser reexportada o destruida bajo supervisión, y todos los costos asociados correrán por cuenta del importador, propietario o consignatario.

