POLITICA / 23 de Octubre del 2024

Tribunal de Justicia Electoral declara improcedente resolución del CNE en torno a personaría jurídica del PN

El Tribunal de Justicia Electoral (TJE) emitió un comunicado oficial, fechado el 23 de octubre de 2024, en el que se informa de la sentencia dictada en el expediente TJE-0801-2024-00001. Esta sentencia es el resultado del recurso de apelación interpuesto por los abogados Víctor Antonio Fernández Guzmán, Lester Javier Chávez Sagastume y Pedro Antonio Mejía Godoy, quienes actuaban como apoderados legales de Lester José Castro Ramírez.

El recurso fue presentado contra una resolución emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) el 14 de agosto de 2024 en relación con la cancelación de la personalidad jurídica del Partido Nacional de Honduras, según lo expuesto en el Expediente Administrativo No. 305-2024.

El TJE resolvió en tres puntos clave:

  1. Nulidad del auto del CNE: El tribunal declaró la nulidad de oficio del auto emitido por el CNE el 14 de agosto de 2024. Esta decisión anula dicha resolución y ordena que se siga el procedimiento establecido por la ley.

  2. No procede recurso alguno: Contra esta sentencia no procede recurso adicional, en conformidad con lo establecido por la Ley de Justicia Constitucional.

  3. Devolución de antecedentes: Las partes fueron notificadas, y los antecedentes del caso se devolverán al CNE para que proceda de acuerdo a lo dictado, sin que se haya resuelto el fondo del recurso original, pero reconociendo que debía haberse analizado la invalidez del acto.

El Tribunal fundamenta su fallo en lo dispuesto en el artículo 701 del Código Procesal Civil y la Ley de Procedimiento Administrativo.

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